#CombateAlCrimen I Continúan las acciones para desarticular redes de estafadores. La @FGR_SV ordenó la captura de 20 personas se apropiaban ilegalmente de inmuebles, mediante escrituras falsas y las vendían o hipotecaban a favor de terceras personas.
Los allanamientos ejecutados mediante ordenes judiciales, ademas se desarrollaron en múltiples ubicaciones donde operaba dicha red delictiva. Durante estos procedimientos se incautaron dispositivos electrónicos, sellos notariales y documentación contable que sustenta el proceso judicial contra los imputados.
La investigación reveló que los miembros de esta organización criminal utilizaban métodos sofisticados para falsificar documentos legales. Los estafadores reproducían sellos oficiales y firmas de notarios para darle apariencia de legalidad a las transacciones inmobiliarias fraudulentas que realizaban.
Modalidad operativa de la red
La estructura identificaba propiedades de alto valor comercial cuyos propietarios residían en el extranjero o mantenían escaso control sobre sus bienes. Los criminales elaboraban escrituras falsas que los acreditaban como nuevos dueños de estos inmuebles, procediendo posteriormente a su venta o hipoteca.
#CombateAlCrimen I La @FGR_SV reafirma su compromiso de garantizar justicia para las víctimas de las estructuras que se dedican a defraudar salvadoreños.
Algunos de los capturados son: ▶️Evelyn Guadalupe Ardón Guevara ▶️Yancy Patricia Marín Nerio ▶️Carlos de Jesús Campos Zelaya… pic.twitter.com/HpdIZQCgx3
— Fiscalía General de la República El Salvador (@FGR_SV) September 12, 2025
Según el artículo 216 del Código Penal salvadoreño, la pena de estafa agravada es de prisión de cinco a ocho años, y esta puede incrementarse significativamente en los siguientes casos:
Si la defraudación supera los $87,500 colones: Afecta a la víctima o a un gran número de personas. Si involucra a múltiples víctimas: Un aumento de la pena puede darse por la cantidad de perjudicados, como en el caso de la oferta fraudulenta de visas canadienses, donde la pena se multiplicó por cada víctima.
Artículo 284 del Código Penal de El Salvador Concepto:La falsedad ideológica o intelectual consiste en hacer que un documento, que es válido en su forma y autenticidad, no corresponda a la realidad histórica que se pretende probar. En otras palabras, se añade una declaración falsa sobre un hecho que el documento debería probar.
Acción:El delito se comete al insertar o hacer insertar una declaración falsa.
Objeto:Debe ser un documento público o auténtico que dé fe de un hecho o que deba probar algo.
Consecuencia:La falsedad debe afectar la veracidad del documento, es decir, la declaración incorporada al objeto material y la realidad histórica.
Ejemplo para comprender la falsedad ideológica
Si se inserta una declaración falsa en un certificado de nacimiento que afirma que una persona tiene una edad distinta a la real, este sería un caso de falsedad ideológica.
Importancia del tipo de documento Documentos públicos o auténticos: Para la configuración de este delito, el documento debe ser público o auténtico, y se requiere la participación de un funcionario o notario para formalizarlo.
Penalidad Penalidad: La sanción es de prisión de tres a seis años.
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