Escuela de Acajutla ¿Corrupción por $10,339.76?

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Por Alessia Genoves


Irregularidades en la liquidación de al menos $10,339.76 en la ejecución de los presupuestos 2021 y 2022 ha señalado la Dirección de Auditoría del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología por parte de la administración del Centro Escolar Hacienda Grande del Cantón San Julián, Acajutla. (Mineducyt). Los hechos se constatan en el informe de auditoría IA/NA-030-2022, con actualización al 15 de enero de 2024, que presume la deficiencia en el manejo y control de recursos en el Centro Escolar.

Irregularidades en la liquidación de Fondos

La investigación detectó una liquidación extemporánea de $1,080.00 correspondiente al año 2021, específicamente del bono denominado “Operación y Funcionamiento del Centro Educativo – Rubro: Salarios Básica”. El informe señala que “los fondos fueron solventados en fecha 23/09/2022”, lo que constituye una clara violación a los plazos establecidos en la normativa vigente para la liquidación de fondos estatales.

Adicionalmente, se identificaron fondos pendientes de liquidación por $2,446.45 del mismo año fiscal, también destinados a salarios básicos. La actual directora y presidenta del Organismo de Administración Escolar intentó justificar estas irregularidades argumentando la existencia de “pagos pendientes de multas por presentación extemporánea de planillas ISSS y AFP”, una explicación que los auditores consideraron insuficiente para justificar el incumplimiento de las normativas de control interno.

La situación se agravó considerablemente durante el ejercicio fiscal 2022, cuando se acumularon dos bonos sin liquidar que suman $7,893.31. Esta cantidad se desglosa en $2,000.00 destinados para funcionamiento básico y $5,893.31 para salarios. Según el informe de auditoría, estos recursos “fueron remesados a la cuenta activa en el Banco Cuscatlán del Consejo Directivo Escolar”, sin que la administración escolar presentara la documentación de respaldo necesaria para justificar su utilización.

Irregularidades en la Liquidación de Fondos

La investigación detectó irregularidades en la liquidación de fondos correspondientes a 2021 y 2022, en categorías como salarios y funcionamiento básico.

Infracciones y alegatos

El informe hace especial énfasis en el incumplimiento del Artículo 58 de la Ley de la Corte de Cuentas de la República, que establece claramente la responsabilidad principal de “quien recibe del Estado un pago sin causa real o lícita, o en exceso de su derecho, o no liquida en el período previsto, anticipos, préstamos o cualquier otra clase de fondos”.

La auditoría también señaló violaciones al Artículo 31 de la Ley de la Carrera Docente, que establece la obligación de los educadores de “desempeñar el cargo con diligencia y eficiencia en la forma, tiempo y lugar establecidos por el Ministerio de Educación”. Estas infracciones se extienden al Artículo 36 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente, que especifica las atribuciones y obligaciones de los directores de instituciones educativas.

flowchart TD A[Infracción al Artículo 58 de la Ley de la Corte de Cuentas] –>|Causa| B[Violación al Artículo 31 de la Ley de la Carrera Docente] A –>|Causa| C[Incumplimiento del Artículo 36 del Reglamento de la Carrera Docente] B –> D{Alegatos de la administración escolar} C –> D D –>|Motivo| E[Justificación: Dificultades administrativas] D –>|Motivo| F[Retrasos en documentación] E –> G[Medidas Correctivas de la Dirección Departamental] F –> G G –>|Acción| H[Implementación de plan/control de liquidaciones] G –>|Acción| I[Informe mensual a la Junta de Carrera Docente] H –> J[Seguimiento por la Corte de Cuentas] I –> J J –> K[Posibles sanciones administrativas]

La administración del Centro Escolar Hacienda Grande ha presentado una serie de justificaciones, incluyendo dificultades administrativas en el procesamiento de planillas y retrasos en la obtención de documentación de respaldo. Sin embargo, los auditores han señalado que estas explicaciones no constituyen eximentes válidos para el incumplimiento de las normativas de control interno y manejo de fondos públicos.

La Dirección Departamental de Educación (DDE) de Sonsonate ha recibido instrucciones para implementar “un plan/control que permita identificar oportunamente incumplimientos en los plazos de liquidación de los Organismos de Administración Escolar”. Este plan debe incluir reportes periódicos a la Junta de la Carrera Docente sobre casos de incumplimiento.

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Como parte de las medidas correctivas, se ha establecido un cronograma para la presentación de documentación pendiente y la liquidación de fondos atrasados. La administración escolar deberá presentar informes mensuales detallando el progreso en la regularización de las liquidaciones pendientes.

La Corte de Cuentas de la República (CCR) ha establecido medidas de seguimiento más rigurosas y contempla la posibilidad de imponer sanciones administrativas, según lo establecido en el Artículo 57 de su ley constitutiva. Este artículo establece la responsabilidad de los servidores públicos “hasta por culpa leve de su pérdida y menoscabo” en la administración de recursos financieros del Estado.

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