Despido de maestra tras marcha por escalafón e irregularidades por $3,000

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Por Alessia Genoves


Concepción Idalia Zúñiga, ex-directora y maestra del Complejo Educativo República del Perú, fue despedida un día después de participar en la marcha del 21 de octubre de 2024 por la reivindicación de derechos laborales y el escalafón docente. Fue removida de su cargo y posteriormente despedida. La degradación se dio tras presentarse un informe de auditoría interna que reveló irregularidades en la liquidación de $3,000 dólares en los fondos estatales correspondientes al año 2023.

Mientras que su destitución se argumentó “en común acuerdo” por un proceso de “reestructuración” en el que se señala que su plaza “ya no es necesaria”; y que se procedería a indemnizarle con un saldo de $13,320.36 dólares. Sin embargo, la ex-directora sostuvo que la decisión del Mineducyt era irregular, y sostuvo que apelaría a la decisión del mismo.

“”Este despido es parte de una persecución sindical. No soy la única que ha sufrido este tipo de persecución. Los sindicalistas que defendemos los derechos de la clase trabajadora, organizadores de la Marcha Blanca, estamos siendo atacados”, según afirmó Zúniga, durante una entrevista sintonizada en el Programa Diálogo 21, de Grupo Mega Visión.

Hallazgos de la auditoría evidencian retrasos administrativos

Según el Informe de Auditoría Interna (Ref. IA/NA-027-2022) emitido el 4 de marzo de 2023, la institución educativa presentó una “liquidación extemporánea de fondos del Estado por US$3,000.00 correspondientes al año 2021” destinados para operación y funcionamiento básico del centro educativo.

La auditoría, que evaluó las liquidaciones de centros educativos del departamento de San Salvador hasta octubre de 2022, identificó que el Complejo Educativo República del Perú (cód. #11676) no cumplió con los plazos establecidos para la rendición de cuentas de los fondos transferidos por el Mineducyt.

Informe de Auditoría Interna IA/NA-027-2022
Información General
Fecha: 04 de marzo 2023
Centro: COED República del Perú
Código: #11676
Hallazgo Principal
Liquidación Extemporánea
Monto: US$3,000.00
Año: 2021
Deficiencias Identificadas
No liquidación en plazos establecidos
Falta de visitas de asesores DDE
Control interno deficiente
Estado Final
Liquidado al 20/02/2023
Riesgo: Alto

El informe señala que durante una visita realizada el 7 de noviembre de 2022, la entonces directora y presidenta del Organismo de Administración Escolar argumentó que la demora en la liquidación se debía a que “la DDE solicita actualización del inventario; por lo que, se está en proceso de presentación.” La Dirección de Auditoría Interna catalogó esta situación como un hallazgo de “Riesgo Alto” que impacta directamente en las actividades de control de la institución.

El informe destaca violaciones a múltiples marcos normativos. La Ley de la Corte de Cuentas establece en su “Artículo 58” que es “responsable principal quien no liquida en el período previsto […] cualquier clase de fondos”. Adicionalmente, el Reglamento de Normas Técnicas de Control Interno Específicas del MINED, en su “Artículo 115”, especifica que la liquidación debe realizarse dentro del ejercicio corriente.

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Deficiencias destacadas por el Mineduc

Entre sus hallazgos, el informe destaca una falta de liquidación oportuna de los fondos recibidos. Ello, debido a una supuesta ausencia de visitas de asesores de gestión de la DDE para orientación sobre administración de recursos financieros.

También señala un incumplimiento de funciones por parte de la dirección del centro educativo. El informe cita el Artículo 58 de la Ley de la Corte de Cuentas de la República que establece: “Es responsable principal, quien recibe del Estado un pago sin causa real o lícita, o en exceso de su derecho, o no liquida en el período previsto, anticipos, préstamos o cualquier otra clase de fondos.”

La auditoría también hace referencia al Artículo 115 del Reglamento de Normas Técnicas de Control Interno Específicas del MINED, que establece la obligación de liquidar los fondos transferidos al final del año fiscal.

Como medida correctiva, la Dirección de Auditoría Interna recomendó a la Dirección Departamental de Educación de San Salvador “establecer una estrategia de liquidación de los fondos transferidos a los Centros Escolares, que permita que estos liquiden en el tiempo definido de conformidad a la normativa técnica y legal.”

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Cabe señalar que, aunque la liquidación se realizó de manera extemporánea, el sistema de liquidaciones registró al 20 de febrero de 2023 que los fondos fueron finalmente liquidados. El documento de auditoría recomendó que estos hallazgos sean comunicados a todos los miembros del Consejo Directivo Escolar, en un plazo de 5 días tras la recepción del informe.

Degradación y despido

El proceso contra Zúñiga siguió una ruta administrativa que inició con su degradación de directora a maestra, fundamentada en el incumplimiento del “Artículo 36” del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente, que establece como obligación del director “cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos y disposiciones” relacionadas con la gestión educativa.

Mientras que su despido como maestra se le fue informado en la fecha del 21 de octubre de 2024:”El motivo de la reunión es el de comunicarle que dentro del proceso de reestructuración del Mineducyt se ha valorado que la plaza de Docente nivel dos partida 20 sub numero 9812 que ostenta ya no es necesaria para el servicio publico por lo que, se ha decidido suprimirla a partir de este día veintiuno de octubre del comente año. No obstante, tal como lo establece el articulo 36 mumeral uno de la Ley de la Carrera Docente, Se le aclara que tiene derecho a la respectiva indemnización cuyo monto para su coso en particular es de $13,320.36 dólares”.

La coincidencia temporal entre su participación en la marcha por derechos laborales y su posterior despido ha generado cuestionamientos sobre la motivación real detrás de la decisión administrativa. Sin embargo, el Ministerio de Educación mantiene que la medida responde estrictamente a las irregularidades documentadas en el proceso de auditoría.

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