Por Alessia Genoves
Tres años de servicio comunitario, y una condena por el pago de $50 mil dólares establece el Tribunal de Sentencia del Distrito de Sensuntepeque, Cabañas, en contra de una mujer por estafar a un ciudadano hondureño, mediante una relación sentimental virtual iniciada en 2019. El expediente judicial 41-2024-C2 en el que se emitió el fallo en julio de 2024, identificó a la mujer por sus siglas MLRH, y la declaró culpable por el delito de Estafa Simple, en perjuicio de la víctima, identificada por sus siglas ISM.
La víctima le habría entregado hasta $54,431 dólares a la denunciada, en concepto de remesas desde los Estado Unidos (EEUU), para la compra de ganado, reparaciones en instalaciones ganaderas, la compra de un Pick Up y fertilizantes. Sin embargo, la denunciada no habría reportado la tenencia de los bienes ganaderos durante el proceso judicial; más sí el registro de remesas y la tenencia del vehículo.
Reconstrucción de los hechos
Según consta en el expediente judicial 41-2024-C2, la víctima conoció a la imputada en 2019 a través de Facebook mientras residía de forma irregular en Nueva York, Estados Unidos. Lo que comenzó como una amistad virtual evolucionó a una relación sentimental, circunstancia que MLRH aprovechó para solicitar inicialmente $100 para la compra de un teléfono celular.
En adelante, “la imputada le hace una propuesta al señor ISM, manifestándole que si le podía mandar dinero para comprar cinco vacas las cuales producían 20 botellas de leche cada una”, señala el dictamen de acusación emitida por la Fiscalía General de la República (FGR), según se consta en el expediente. La acusada convenció a la víctima de que las reses serían de su propiedad y ella únicamente las cuidaría.
La investigación fiscal documentó que posteriormente, MLRH solicitó $5,000 adicionales para la compra de un vehículo pick-up que supuestamente sería utilizado para transportar alimento para el ganado. Las transferencias de dinero se realizaron a través de diferentes instituciones financieras y agencias de remesas entre 2019 y 2023. “El deponente envió esas cantidades de dinero porque ella le dijo que enviara hasta para tres postreras de manzana, más sacos de fertilizantes que se necesitaban”, según declaró la víctima durante el juicio. El monto total defraudado ascendió a $54,431.
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Reconstrucción de los hechos
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Conocimiento de la imputada
- 2019, Facebook
- Relación sentimental y solicitud de dinero ($100)
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Propuesta y transferencias
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Compra de ganado (5 vacas)
- Producción de 20 botellas de leche cada una
- Propiedad sería de la víctima
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Compra de vehículo (pick-up)
- Transporte de alimento para el ganado
- Solicitó $5,000 adicionales
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Compra de ganado (5 vacas)
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Inconsistencias y falta de respaldo
- Sin documentos de compra
- Descripciones sin pruebas (vehículo)
- Transferencia de $700 para encuentro
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Bienes de la imputada
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Constancia de Carencia de Bienes
- Tres motos (Serpento, Viper, Falcon)
- Pick-up Isuzu (1986)
- Compra de celular Samsung A12 (2023)
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Constancia de Carencia de Bienes
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Denuncia de estafa
- Defraudación en el pacto de encuentro
- Expectativa de ganancias
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Conocimiento de la imputada
Sin embargo, “la imputada nunca mando documentos que respaldaran las compras de las vacas, ni documento que comprobaran las referidas compras, igualmente de un vehículo que le dijo que compraría, para transportar el alimento del ganado, únicamente le describió el vehículo por teléfono pero nunca le dio número de placa, ni mostró documentación de la compra y titularidad”, asevera la Unidad Fiscal contra los Delitos del Patrimonio. Y, aunque la víctima declaró que su pareja sentimental no llegó cuando ambos acordaron de verse en Santa Rosa de Lima, La Unión, tras regresar desde EEUU, la FGR evidenció que éste había emitido un boucher de remesa, por un valor de $700.00, para MLRH.
Las declaraciones de MLRH a su pareja habrían sido irregulares. Sin embargo, la FGR también presentó una Constancia de Carencia de Bienes del Registro Público de Vehículos Automotores a nombre de la victimaria, y constató que ésta poseía tres motos marca Serpento Modelo Taypan; Viper 250 y Falcon 150; así como un Pick Up marca Isuzu, pero éste del año 1986. Además, constató que la entonces pareja sí había comprado un teléfono celular marca Samsung A12, pero hasta la fecha del 28 de abril de 2023.
La víctima denunció a su entonces pareja, cuando se sintió defraudado, tras esperarla hasta 17 horas en el lugar pactado para encontrarse, la Relojería Siko de Santa Rosa de Lima. Pues, MLRH nunca llegó. Y,. respecto de este delito de Estafa, “detalló el dicente que él esperaba obtener ganancias de la compra del ganado y vehículo que supuestamente la imputada había comprado con el dinero enviado por él, vino al país con intenciones de vender dicho ganado y vehículo para llevar dinero a su país de origen”.
Condena y Sanciones accesorias
El tribunal modificó la calificación jurídica de Estafa Agravada (Art. 216 CP) a Estafa Simple (Art. 215 CP), que establece: “El que obtuviere para sí o para otro un provecho injusto en perjuicio ajeno, mediante ardid o cualquier otro medio de engañar o sorprender la buena fe, será sancionado con prisión de dos a cinco años si la defraudación fuere mayor de doscientos colones”.
La jueza determinó una pena de tres años de prisión y estableció el pago de $50,000 en concepto de responsabilidad civil, considerando el daño patrimonial causado a la víctima, quien envió remesas desde Estados Unidos bajo la falsa promesa de un negocio ganadero inexistente. Sin embargo, la condena de responsabilidad civil no es proporcional a la pena establecida, dejando un margen de beneficio de $4,431 dólares a su favor, pues habría recibido $54,431 durante su noviazgo; mientras que la condena de prisión fue conmutada por trabajos de utilidad pública por el mismo período.
Condena y Sanciones accesorias
Resumen del caso y sanciones impuestas a la imputada por estafa simple y la responsabilidad civil asignada.
Modificación de la Calificación Jurídica
La calificación pasó de Estafa Agravada (Art. 216 CP) a Estafa Simple (Art. 215 CP), estableciendo prisión de dos a cinco años para casos con defraudación mayor de 200 colones.
Pena Principal
Condena de tres años de prisión conmutada por trabajos de utilidad pública. Pago de $50,000 en concepto de responsabilidad civil debido al daño patrimonial causado.
Sanciones Accesorias
Impuestas según el Art. 46 del Código Penal:
- Inhabilitación especial para actividades comerciales y financieras.
- Pérdida de los derechos de ciudadanía.
- Decomiso de las ganancias obtenidas ilícitamente.
Pauta de Engaño Sistemático
Engaño prolongado durante cuatro años, aprovechando la vulnerabilidad de un migrante mediante fotos y mensajes por WhatsApp para mantener la apariencia de un negocio ganadero.
Precedente Legal
Sentencia que establece un precedente en casos de estafa digital a través de redes sociales. Caso sentenciado el 4 de julio de 2024.
Además de la pena principal, se impusieron las siguientes sanciones accesorias conforme al Art. 46 del Código Penal, como la inhabilitación especial para el ejercicio de actividades comerciales y financieras durante el período de la condena; la pérdida de los derechos de ciudadana mientras dure la pena principal; y el decomiso de las ganancias obtenidas por el ilícito.
El caso evidenció un patrón de engaño sistemático que se prolongó por cuatro años, aprovechando la vulnerabilidad de un migrante irregular y la distancia física para mantener la ficción de un negocio ganadero mediante el envío de fotografías y comunicaciones por WhatsApp. La sentencia quedó firme el 4 de julio de 2024, según consta en el expediente judicial, y establece un precedente sobre casos de estafas realizadas a través de medios digitales y redes sociales.
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