“King Flyp” nuevamente a prisiòn por violencia contra la mujer

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Por: Neftali Hernandez Pereira


El Juzgado Octavo de Paz de San Salvador determinó que el caso penal contra Marvin Ulises Martínez León, conocido como King Flyp, continuará en etapa de instrucción tras encontrar indicios probatorios suficientes del delito de expresiones de violencia contra las mujeres. El artista urbano salvadoreño enfrenta cargos por presuntas declaraciones realizadas el 6 de junio de 2025 en perjuicio de una víctima que cuenta con régimen de protección.

Durante la audiencia judicial, el tribunal estableció medidas cautelares que incluyen la prohibición de acercamiento a la víctima por cualquier medio y la obligación de presentarse cada 20 días ante el juzgado por delitos contra la mujer LEIV especializado. El proceso se desarrolla bajo estricta reserva debido a la naturaleza del delito contra una mujer, según establece la normativa vigente.

Análisis del contexto legal

La Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres representa el marco jurídico principal en El Salvador para abordar delitos de género.

El artículo 55 de la LEIV, en sus literales C y E, tipifica las expresiones de violencia contra las mujeres como conductas que buscan denigrar, humillar o intimidar a una mujer por su condición de género. Esta legislación establece penas que van desde seis meses hasta dos años de prisión, además de multas económicas correspondientes.

El procedimiento judicial en casos LEIV involucra juzgados especializados que manejan estos procesos con protocolos específicos para víctimas de violencia de género. La legislación salvadoreña contempla medidas de protección inmediatas para las víctimas, incluyendo órdenes de alejamiento y prohibición de contacto directo o indirecto con el agresor. Estos mecanismos buscan garantizar la seguridad de las mujeres durante el desarrollo del proceso penal.

La figura de víctima con régimen de protección implica que la persona afectada ya contaba con medidas cautelares previas, lo que sugiere antecedentes de situaciones de riesgo o violencia. Este estatus legal otorga protección especial durante todo el proceso judicial y puede influir en las decisiones sobre medidas cautelares y penas en caso de condena.

Cronología del caso actual

el pasado 6 de junio se registran los hechos que motivan el proceso penal contra King Flyp. Según la investigación fiscal, en esta fecha ocurrieron las presuntas expresiones de violencia contra la mujer que ahora constituyen el fundamento de la acusación penal.

La fecha de la audiencia preliminar, la Fiscalía General de la República desarrolló la investigación correspondiente, recopilando elementos de prueba sobre los hechos denunciados y la participación del acusado en los mismos.

El Juzgado Octavo de Paz de San Salvador evaluó los elementos presentados por la fiscalía, determinando que existían indicios suficientes para continuar el proceso. Durante esta diligencia se establecieron las medidas cautelares correspondientes.

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KIng Flyp cantando uno de sus ultimos exitos musicales

Tras la decisión del juzgado de paz, el caso pasó a la etapa de instrucción ante un tribunal especializado en violencia contra las mujeres, donde se desarrollará la investigación formal y se definirá si procede el juicio.

La cronología muestra un proceso que se desarrolló en aproximadamente cinco meses desde los hechos denunciados hasta la decisión judicial de continuar con la instrucción formal.

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Antecedentes penales del artista

Marvin Ulises Martínez León ya había enfrentado anteriormente el sistema de justicia salvadoreño por delitos de naturaleza sexual. En julio de 2021, la Fiscalía General de la República ordenó su captura por presunta violación sexual contra una mujer de 55 años, caso que generó considerable atención mediática y judicial.

El proceso por violación culminó en mayo de 2022, cuando el Tribunal Primero de Sentencia de San Salvador absolvió a King Flyp de los cargos, debido a que la prueba presentada por la Fiscalía fue considerada insuficiente por el tribunal. La defensa argumentó exitosamente que no existían elementos probatorios contundentes para sustentar una condena.

Durante el proceso de 2021-2022, el artista fue absuelto y permaneció bajo medidas cautelares que incluyeron restricciones de movimiento y presentación periódica ante las autoridades judiciales. El caso generó debate público sobre la aplicación de la justicia en delitos de violencia sexual y la protección de víctimas en el sistema judicial salvadoreño.

Los antecedentes penales de King Flyp muestran un patrón de denuncias relacionadas con violencia de género, aunque el caso anterior no resultó en condena. Esta situación podría influir en las consideraciones del tribunal actual, especialmente en la evaluación de medidas cautelares y la valoración de riesgo para la víctima.

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Implicaciones del proceso actual

El nuevo proceso contra King Flyp se desarrolla en un contexto legal diferente al anterior, ya que involucra la aplicación específica de la LEIV, legislación especializada en violencia contra las mujeres. Esta normativa establece procedimientos y protecciones particulares que no estaban presentes en el proceso anterior por violación sexual.

La etapa de instrucción que ahora inicia permitirá a la fiscalía profundizar en la investigación de los hechos del 6 de junio, recopilar testimonios adicionales y presentar pruebas que sustenten la acusación formal. Durante este período, que puede extenderse varios meses, se definirá si existen elementos suficientes para llevar el caso a juicio.

Las medidas cautelares impuestas buscan proteger a la víctima y garantizar la comparecencia del acusado durante el proceso. La prohibición de acercamiento incluye contacto físico, telefónico, por redes sociales o a través de terceras personas, mientras que la presentación periódica ante el juzgado permite supervisar el cumplimiento de estas restricciones.

La reserva total de la información sobre los hechos específicos responde a la protección de la víctima y al debido proceso, aunque limita el escrutinio público del caso. Esta medida es habitual en procesos por violencia de género para evitar la revictimización y proteger la identidad de las personas afectadas.

El proceso judicial en curso representa una prueba importante para la aplicación efectiva de la LEIV en casos que involucran figuras públicas, donde la atención mediática puede influir en el desarrollo del proceso y la percepción pública sobre la justicia de género en El Salvador.

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