Por Alessia Genoves
Un total de $3,336,518.37 dólares deberán restituír Nicola Ernesto Angelucci Silva, ex-presidente del Banco Multisectorial de Inversiones (BMI) y su esposa, tras ser vencido en juicio por el delito de enriquecimiento ilícito por la Cámara Ambiental de Segunda Instancia de Santa Tecla. La instancia judicial determinó que el monto irregular deberá ser restituidos al Estado de El Salvador, y que el condenado no podrá ejercer ningún cargo público durante 10 años.
Angelucci Silva también fue condenado por los delitos de negociaciones ilícitas y enriquecimiento ilícito en perjuicio del Estado de El Salvador, durante su administración en el Banco Multisectorial de Inversiones, según lo determinó Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador, en el año 2019. Pero, pese a las denuncias administrativas, el acusado sostuvo su inocencia.
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— Centros Judiciales El Salvador (@JuzgadosSV) March 13, 2025
La Cámara Ambiental de Segunda Instancia, con sede en Santa Tecla, declaró… pic.twitter.com/kTUWmeZg4I
Peculado Doble rol y suscripción irregular de convenios
El delito de peculado está tipificado en el Código Penal salvadoreño y consiste en la apropiación o uso indebido de bienes o fondos públicos por parte de un funcionario que los tiene a su cargo en razón de su función. En el caso de Angelucci Silva, la Fiscalía argumentó que como presidente del BMI utilizó su posición para destinar fondos públicos a la Asociación Infocentros, de la cual también era presidente, configurando así el delito de peculado en modalidad continuada.
Respecto a las negociaciones ilícitas, este delito se configura cuando un funcionario público interviene en asuntos donde tiene interés personal o donde existe conflicto de intereses. En el caso de Angelucci, la acusación se basó en su doble rol como presidente del BMI y de la Asociación Infocentros para favorecer la suscripción de convenios que beneficiaron a esta última entidad durante el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2000 y el 31 de mayo de 2009, según lo documentó la Fiscalía General de la República (FGR), constatables en la resolución del Tercero de Sentencia.
“Se le acusa a Angelucci que cuando fungió como presidente del BMI, también era presidente de la Asociación Infocentro y con esta doble calidad de funciones se hizo valer de su cargo para favorecer la suscripción de convenios con Infocentros. De esta manera el BMI le transfirió aproximadamente 6 millones 173 mil dólares a dicha asociación, a pesar que el BMI no tenía la facultad para suscribir convenios, según su ley de creación”, consta en los informes judiciales.
En el caso también figura Sigfredo Armando Figueroa Salinas, quien se desempeñó como exdirector de la Asociación Infocentro, fue identificado como “la persona que firmaba la documentación requerida para que Angelucci presuntamente lograra apropiarse de los fondos a favor de Infocentros”.
Sin embargo, Angelucci fue absuelto por el delito de negociaciones ilícitas en el juicio inicial. Parte de su defensa consistió en afirmar que “sí salía de la Junta Directiva por varios motivos” cuando se discutían temas relacionados con Infocentros. “Entonces, uno por cortesía se salía”, declaró Angelucci.
El Tercero de Sentencia impuso en 2019 una pena de 10 años de cárcel a Angelucci Silva por el delito de peculado en modalidad continuada, aunque lo absolvió por negociaciones ilícitas. El tribunal también lo declaró civilmente responsable por la cantidad de $6,173,188.61, “en virtud que las diferentes cantidades fueron sustraídas y ocasionaron perjuicio patrimonial a fondos públicos”, según la resolución judicial.
Pero Angelucci apeló esta condena y durante su defensa alegó que “lo único que hice fue trabajar por el país” y que como presidente del BMI “vio la oportunidad para desarrollar Infocentros”. Y declaró que “no manipulé al BMI ni al ex ministro de Economía, Miguel Lacayo para forzar la suscripción de convenios”, acotó. “La fiscalía para acusarme se valió de dos entrevistas fuera de contexto, hay documentación y evidencias de mi buen trabajo”, durante una de las audiencias.
La responsabilidad civil fue solicitada por la FGR por ese monto, ya que “es el total transferido del BMI a Infocentros, por los siete convenios mencionados en el caso, ejecutados entre 2002 y 2008”. Durante el desarrollo de la audiencia se recibió la declaración de 26 testigos de cargo y 11 de descargo, además de dos peritos financieros contables, uno presentado por la Fiscalía y otro por parte de la defensa de Angelucci.
Según las investigaciones, el período investigado comprendió de 1999 a 2009, luego de una denuncia por anomalías encontradas tras una auditoría. La fiscalía sustentó que no existía evidencia de los servicios que supuestamente se prestaron en el marco de los objetivos de estos convenios. “No se tiene evidencia de los servicios que se presuntamente se prestaron en el marco de los objetivos de estos convenios, no se sabe si efectivamente se prestaron”, expresó una de las fiscales del caso.
Enriquecimiento ilícito
En paralelo al proceso penal, Angelucci Silva y su esposa enfrentaron una demanda civil por enriquecimiento ilícito. La FGR detectó un incremento patrimonial no justificado en cuentas bancarias, depósitos bancarios, compra de vehículos y pago de tarjetas de crédito.
La demanda total fue por $6,073,435.87, desglosada de la siguiente manera: Angelucci Silva se habría enriquecido por $5,980,025.15, detectado en 16 irregularidades, mientras que Argüello de Angelucci por $93,412.82, detectado en seis irregularidades en pagos y depósitos corrientes.
Distribución del Enriquecimiento Ilícito
Finalmente, la Cámara Ambiental de Segunda Instancia determinó un enriquecimiento ilícito de $3,336,518.37, monto que deberán restituir al Estado. No obstante, éste monto varía respecto a las deducciones iniciales de la FGR, que señaló que “el incremento patrimonial de Angelucci ya era de $3,254,951 hasta el año 2009; es decir, durante el tiempo en el que el imputado se desempeñó en el BMI y en Infocentros”.
Ante esta acusación, Angelucci declaró: “Yo nunca gané ni un sólo centavo, ni un tan sólo beneficio, ni un tan solo viaje ni un tan solo almuerzo de la Asociación Infocentros. Era voluntariado”.
Cárcel, medidas cautelares y denuncias
Dentro del proceso judicial, Angelucci Silva fue sujeto a la detención provisional cuando no se presentó al desarrollo de la vista pública en su contra, ya que fue ingresado a un nosocomio particular. Los jueces “ordenaron a medicina legal realizar el respectivo peritaje, pero no fue encontrado en el lugar, por lo que se le ordenó la detención provisional”.
Esta situación llevó a que sus abogados, José Mario Machado Calderón y Luis Adalberto Palencia Texpán, solicitaran la recusación de dos de los tres jueces del tribunal, petición que fue declarada sin lugar por la Cámara Tercera de lo Penal. Según informes, Angelucci “permaneció 10 meses recluido, hasta obtener medidas sustitutivas. El juez dictó medidas sustitutivas porque no había peligro de fuga”.
La defensa de Angelucci, encabezada por el abogado Luis Palencia, cuestionó reiteradamente las pruebas presentadas por la Fiscalía. Según declaró Palencia, "la imputación nace de una auditoría que es anónima, que nadie pudo explicar aquí, durante el juicio, de dónde procedía; no tuvimos a ningún testigo, a nadie del concejo directivo del BCR para que nos explicara, a pesar de que se había ofertado a una miembro del concejo; y, por tanto, nosotros la consideramos apócrifa".
La defensa también sostuvo que todas las transacciones financieras se realizaron de forma transparente: "Todas las aportaciones se hicieron mediante cheques. No se hizo ninguna aportación en efectivo. De la misma forma, hasta donde los peritos tuvieron información reconstruida a partir de documentación bancaria, de la misma forma, la Asociación Infocentros también hacía todas sus erogaciones por medio de cheques", puntualizó Palencia.
Una de las juezas del tribunal original incluso "razonó su voto, por considerar que no se demostró con prueba contundente la culpabilidad por parte del Ministerio Público Fiscal, además de no comprobar el beneficio patrimonial, puesto que las pruebas documentales fueron presentadas como copias simples". Esta jueza también señaló que "la responsabilidad en la toma de decisiones del BMI estaba a cargo de la junta directiva y no únicamente del presidente".
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