Por: Neftali Hernandez Pereira


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Análisis del Contexto
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Esta diversificación de ofertas permitió captar víctimas con diferentes perfiles socioeconómicos y necesidades de consumo.
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Los montos estafados ($300 a $4,000 por víctima) representan sumas significativas para el poder adquisitivo promedio salvadoreño. Con 59 víctimas identificadas, el perjuicio patrimonial total podría superar los $177,000 en el escenario de montos mínimos, llegando hasta $236,000 si se considera el promedio de las cantidades mencionadas.
La intervención de la Defensoría del Consumidor como receptor inicial de denuncias evidencia el funcionamiento del sistema de protección al consumidor, aunque también sugiere que las víctimas inicialmente interpretaron el problema como conflicto comercial antes que delito penal.
Análisis Cronológico
2021 marca el inicio documentado de las operaciones fraudulentas cuando Dreams Productions y Priority Service comenzaron la comercialización de membresías falsas. Durante este año, las sociedades establecieron sus marcas comerciales y desarrollaron el sistema de captación mediante invitaciones a restaurantes.
El mismo año 2021, la Defensoría del Consumidor recibió las primeras denuncias de consumidores que manifestaron haber sido víctimas de estafa tras adquirir las membresías. Estas denuncias iniciales permitieron identificar patrones de comportamiento fraudulento que posteriormente facilitarían la investigación penal.
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Entre 2021 y el momento de la resolución judicial, se acumularon suficientes elementos probatorios para sustentar la acusación formal contra 19 personas. Durante este periodo, continuaron las operaciones fraudulentas mientras se desarrollaba la investigación que culminó en la identificación de 59 víctimas.
La fase investigativa incluyó la localización y notificación de los imputados, proceso que resultó exitoso para siete personas que comparecieron ante el tribunal. Las 12 personas restantes permanecen en situación de ausencia, lo que indica que continúan las diligencias de localización.
El decreto de instrucción formal representa la culminación de la fase preparatoria del proceso penal y el inicio de la etapa de instrucción. Durante esta fase se desarrollarán las diligencias probatorias que determinarán si existen elementos suficientes para elevar la causa a juicio.
Ley del Consumidor
Sin embargo la ley de proteccion al consumidor contiene artículos que prohíben prácticas abusivas y engañosas que podrían estar relacionadas con comportamientos fraudulentos:
Artículos sobre Publicidad Ilícita:
Artículo 31 – Publicidad Ilícita que engloba:
Publicidad engañosa, Publicidad que afecte grupos vulnerables y Publicidad subliminal
Artículo 24 – Obligación de cumplir estrictamente con lo ofrecido
La ley se enfoca más en protección al consumidor y regulación de prácticas comerciales que en tipificar delitos penales como la estafa. Para delitos de estafa como tal, se aplicaría el Código Penal de El Salvador, no esta ley de protección al consumidor.
La aplicación de detención provisional contra los siete imputados presentes refleja la valoración judicial sobre el riesgo de fuga o entorpecimiento de la investigación. Esta medida cautelar se mantendrá durante el desarrollo de la instrucción formal.
Para los 12 procesados en ausencia, la ausencia de medidas cautelares obedece a la imposibilidad material de ejecutarlas, pero no elimina su responsabilidad penal una vez sean localizados y notificados.
La juzgadora estableció que existen suficientes elementos indiciarios para la apariencia de buen derecho respecto a la existencia del delito y la participación de los procesados. Esta valoración judicial constituye el fundamento legal para continuar el proceso en fase de instrucción.
El proceso continuará con la práctica de pruebas durante la instrucción formal, etapa que permitirá determinar si los elementos probatorios son suficientes para sostener una acusación en juicio oral y público.
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