Prisión contra ex-alcalde de Chalatenango, Luxio Edwin Ayala, y ex-fiscal por tráfico de personas

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Por Alessia Genoves


Exalcalde de San Antonio de la Cruz, Chalatenango, Lucio Edwin Ayala Flores y el exfiscal Noé Miranda Guardado, son ordenados a prisión preventiva por El Tribunal 5º Contra el Crimen Organizado de San Salvador, al ser acusados de los delitos de tráfico ilegal de personas, falsedad ideológica, agrupaciones ilícitas y cohecho propio. La resolución también incluye al ex-empleado de la Administración Nacional de Bueles, José Mario Burgos Reyes, y al docente universitario José Matías Caravantes Serrano.

Según consta en el expediente judicial, Lucio Edwin Ayala Flores, quien se desempeñaba como “Alcalde de San Antonio de la Cruz, Chalatenango, percibiendo un ingreso de mil quinientos dólares mensuales, además de la compra y venta de ganado percibiendo aproximadamente tres mil dólares al mes”, fue procesado por “Tráfico Ilegal de Personas con Agravación Especial en perjuicio de la Humanidad y Tráfico Ilícito en perjuicio de La Salud Pública”, conforme al artículo 367-A del Código Penal y artículo 33 de la Ley Reguladora de Actividades Relativas a las Drogas.

Ex-alcalde absuelto y re-enjuiciado

La trayectoria judicial del caso evidencia un patrón de investigaciones interconectadas que se remontan a 2008. El Tribunal de Sentencia de Ahuachapán, mediante el expediente 1101-32-2008, estableció un precedente significativo al absolver a los acusados por falta de elementos probatorios determinantes. Sin embargo, la Cámara Segunda de lo Penal de la Primera Sección del Centro de San Salvador, a través del expediente 124-2018, marcó un giro sustancial al ratificar la detención provisional contra varios imputados vinculados a una red de tráfico ilegal.

En el expediente 124-2018, se documentó el procesamiento de seis imputados principales, entre ellos Lucio Edwin Ayala Flores, quien según el documento judicial “manifestó haber nacido el veinticinco de diciembre de mil novecientos setenta y nueve, soltero, originario de San Antonio de la Cruz, Chalatenango”. El expediente detalla que Ayala Flores ejercía como “Alcalde de San Antonio de la Cruz, Chalatenango, percibiendo un ingreso de mil quinientos dólares mensuales, además de la compra y venta de ganado percibiendo aproximadamente tres mil dólares al mes”.

La resolución de 2018 también involucró a JMM, identificado como “ganadero, originario de San Antonio de la Cruz, Chalatenango”, procesado por “Tráfico Ilegal de Personas con Agravación Especial en perjuicio de la Humanidad”. Asimismo, se incluyó a DFR, “originaria de San Salvador, Comerciante, percibiendo un ingreso de quince dólares diarios”, acusada de “Tráfico Ilícito en perjuicio de La Salud Pública”.

El documento judicial revela la participación de JIOM, “originario de San Antonio de la Cruz, departamento de Chalatenango, agricultor, percibiendo un ingreso de setenta dólares semanales”, quien enfrentó cargos por “Tráfico Ilícito, Posesión y Tenencia con fines de tráfico, y Tenencia, Portación o Conducción Ilegal o Irresponsable de Arma de Fuego”.

La Cámara Segunda de lo Penal recibió cinco recursos de apelación interpuestos por los defensores particulares Juan Manuel Chávez y Jacqueline Lisbethe Farfán Canizares. Según consta en el expediente, “las cinco apelaciones se dirigen en contra de la detención provisional decretada en contra de igual número de procesados por el Juzgado Décimo Cuarto de Paz de esta ciudad, al finalizar la Audiencia Inicial instalada a partir de las once horas del trece de marzo de dos mil dieciocho”.

La complejidad del caso se evidencia en la participación adicional de GAFB, alias “El h***”, NLMG, alias “J***”, JARL, alias “A*** o P***”, y JROC, alias “El O***”, todos procesados por delitos relacionados con tráfico ilegal de personas y tráfico ilícito de drogas. El tribunal estableció que “en caso de acogerse alguno de los argumentos expuestos por los impetrantes […] que no se base en motivos exclusivamente personales, y que comporten un cambio en la decisión recurrida, si resultare pertinente, se emitirá pronunciamiento sobre el efecto extensivo”.

La cronología de resoluciones judiciales culmina con la actual decisión del Tribunal 5º Contra el Crimen Organizado de San Salvador, que vincula directamente al exalcalde Ayala Flores con una estructura criminal más amplia, que incluye al exfiscal Noé Miranda Guardado y otros funcionarios públicos, estableciendo una conexión entre las investigaciones previas y las acusaciones actuales por tráfico ilegal de personas, falsedad ideológica, agrupaciones ilícitas y cohecho propio.

Pruebas en su contra

La investigación judicial reveló una compleja red de evidencias que sustentaron las acusaciones contra los imputados. Según el expediente 124-2018, la “noticia criminis” provino de “una persona de setenta y cuatro años de edad”, cuya denuncia desencadenó una serie de investigaciones que vincularon al exalcalde Lucio Edwin Ayala Flores y al exfiscal Noé Miranda Guardado con operaciones de tráfico ilegal.

La FGR, a través de su agente auxiliar, el Licenciado José Orlando Pereira Peña, presentó elementos probatorios que incluyen registros financieros que evidenciaron movimientos económicos irregulares. En el caso específico de Ayala Flores, el expediente documenta ingresos declarados de “mil quinientos dólares mensuales como alcalde”, además de “aproximadamente tres mil dólares al mes por compra y venta de ganado”, montos que según la investigación no correspondían con las transacciones registradas.

La Cámara Segunda de lo Penal estableció que “el Recurso de Apelación es viable procesalmente en contra de aquellas resoluciones que de manera expresa lo contempla la ley, o aquellas que ponen fin a la acción o imposibilitan la continuación del proceso”. Esta interpretación se fundamenta en jurisprudencia constitucional e internacional que indica que “por razones de seguridad jurídica, para la correcta y funcional administración de justicia y la efectiva protección de los derechos de las personas, los Estados pueden y deben establecer presupuestos y criterios de admisibilidad de los recursos internos”.

Los investigadores documentaron una serie de operaciones vinculadas al tráfico ilegal de personas. Según consta en el expediente judicial, se identificaron conexiones entre los imputados DAGR y JMM, quienes fueron procesados por “Tráfico Ilegal de Personas con Agravación Especial”, conforme al artículo 367-A del Código Penal, “en perjuicio de la Humanidad y de clave ‘Sábado'”.

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La evidencia material incluyó el decomiso de armas de fuego, documentado en el caso de JIOM, quien enfrentó cargos por “Tenencia, Portación o Conducción Ilegal o Irresponsable de Arma de Fuego”, según el artículo 346-B del Código Penal. En el caso de DAGR, se encontró evidencia de “Tenencia Portación o Conducción de Armas de Guerra”, violando el artículo 346-C del Código Penal.

Las investigaciones también revelaron una red de tráfico de drogas. El expediente detalla que DFR fue procesada por “Tráfico Ilícito”, conforme al artículo 33 de la Ley Reguladora de Actividades Relativas a las Drogas, mientras que EAMM enfrentó cargos por “Tráfico Ilícito, Actos Preparatorios, Proposición, Conspiración y Asociaciones Delictivas y Posesión y Tenencia con fines de tráfico”.

Un elemento crucial en la investigación fue la documentación de comunicaciones entre los imputados. La Cámara Segunda de lo Penal señaló que “el proceso nace a la vida jurídica” a partir de estas evidencias, aunque los defensores, incluyendo al Licenciado Juan Manuel Chávez y la Licenciada Jacqueline Lisbethe Farfán Canizares, argumentaron deficiencias en el debido proceso.

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La evidencia testimonial incluyó declaraciones de testigos protegidos, identificados en el expediente mediante claves, como “Sábado”. Los investigadores también documentaron una red de colaboradores que incluía a GAFB, alias “El h***”, y NLMG, alias “J***”, quienes fueron procesados por “Tráfico Ilegal de Personas con Agravación Especial”.

El material probatorio se fortaleció con documentación que evidenciaba falsedad ideológica, particularmente en registros municipales y documentos oficiales. La investigación reveló que el exfiscal Noé Miranda Guardado habría utilizado su posición para facilitar operaciones ilegales, mientras que el exempleado de la Administración Nacional de Bueles, José Mario Burgos Reyes, y el docente universitario José Matías Caravantes Serrano habrían participado en la falsificación de documentos oficiales.

Las pruebas presentadas ante el Tribunal 5º Contra el Crimen Organizado de San Salvador incluyeron registros bancarios, documentación municipal alterada, comunicaciones interceptadas y testimonios de testigos protegidos, estableciendo una cadena de evidencia que vinculaba a los acusados con operaciones de tráfico ilegal de personas y narcotráfico, así como con actos de corrupción administrativa y falsificación documental.

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