Por Alessia Genoves
Félix Alfredo Cristiani Burkard, el expresidente salvadoreño (1989-1994), y el ex-diputado Rodolfo Parker reciben juicio penal en su contra por la estar involucrados la Masacre de Seis Jesuitas y dos de sus colaboradoras en la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas” (UCA), en la fecha del 16 de noviembre de 1989. La resolución ha sido emitida por el Juzgado Segundo de Instrucción de San Salvador, en dónde son señalados el ex-Coronel de las Fuerzas Armadas de El Salvador (FAES) Guillermo Alfredo Benavides Moreno y el ex-Viceministro de Seguridad Pública, el ex-coronel José Inocente Montano, quienes ya fueron vencidos en juicio por las respectivas condenas de 30 y 133 años de cárcel.
“Tras varias jornadas de audiencia preliminar, (el juzgado) resolvió enviar a juicio a ocho personas acusadas del delito de asesinato y actos de terrorismo, en perjuicio de los seis sacerdotes jesuitas de la UCA y sus dos colaboradoras”, según confirmaron fuentes de los Centros Judiciales de la Corte Suprema de Justicia (CSJ). El proceso penal busca resarcir a las víctimas materiales del asesinato, cuyos nombres en vida responden a los del salvadoreño Ignacio Ellacuría (rector de la UCA), los españoles Ignacio Martín Baró (vicerrector), Segundo Montes, Amando López y Juan Ramón Moreno; así como Joaquín López, la cocinera Elba Ramos y su hija Celina.
Acusaciones y Pruebas
La resolución judicial establece diferentes niveles de responsabilidad penal. Los procesados por asesinato y actos de terrorismo son: “Alfredo Félix Cristiani Burkard, el expresidente de la República, y los exmilitares retirados Juan Rafael Bustillo Toledo, Juan Orlando Zepeda Herrera, Rafael Humberto Larios López, Carlos Camilo Hernández, Nelson Iván López López, Joaquín Arnoldo Cerna Flores, Inocente Orlando Montano Morales”. Por otra parte, “el exdiputado, Rodolfo Antonio Parker Soto, y los exmilitares Óscar Alberto León Linares y Manuel Antonio Ermenegildo Rivas Mejía” enfrentan cargos por “fraude procesal y encubrimiento personal”.
La Fiscalía General de la República (FGR) ha catalogado las acusaciones específicamente como “Homicidio, actos de terrorismo, conspiración para cometer actos de terrorismo” contra los militares y jefes, mientras que “en el caso del Dr. Parker se le acusa de fraude procesal, así como a Ermenegildo Rivas Mejía”, además del delito de “encubrimiento de personal”.
De modo que la investigación fiscal ha revelado evidencia incriminatoria, como las comunicaciones y reuniones previas al hecho de sangre. El expediente No. 97/2010 de la Administración de Justicia de España documenta que “Cristiani se reunió con los Integrantes del Alto Mando: El Ministro de Defensa y los Vice-ministros de la Defensa y Seguridad Pública, Inocente Montano” antes del atentado.
En su re-construcción de los hechos, obtenida del testimonio de uno de los involucrados, el ex-rector de la UCA, José María Tojeira, citado en el mismo expediente español, “el presidente Cristiani, después de visitar el Cocfa (Centro de Operaciones Conjuntas de la Fuerza Armada) acompañada de su secretario Privado, y esperar que se impartieran las nuevas órdenes, regresó a la residencia de su secretario, y esperar las nuevas órdenes, regresó a la residencia de su Secretario a las 02:22 horas, aproximadamente”.
La FGR ha presentado evidencia de comunicaciones directas entre Cristiani y una de las víctimas: “La investigación en el caso ha determinado que el expresidente Cristiani y el padre Ignacio Ellacuría, rector de la UCA de la época, sostuvieron varias llamadas telefónicas previo a la masacre. En una de las llamadas, Cristiani le asegura que no debe preocuparse por el registro que se ejecutaba en la UCA y le pide que permanezca tranquilo y en el lugar”.
Procesos Judiciales Paralelos
El caso ha sido objeto de procesos judiciales tanto en El Salvador como en España. La Administración de Justicia Española, en su expediente No. 97/2010, dictó una sentencia de 133 años y 4 meses de prisión contra el coronel Inocente Orlando Montano, específicamente por el asesinato de los cinco jesuitas españoles. Como precisa la FGR, Montano fue “condenado en España por la muerte de los sacerdotes jesuitas; es decir, por los ciudadanos españoles. Las personas salvadoreñas, en este caso, Julia Ramos y Cristina Ramos, y el otro sacerdote jesuita que era de origen salvadoreño, por ellos no fue condenado allá, y por esos hechos también lo estamos acusando nosotros acá”.
En El Salvador, el coronel Guillermo Benavides fue condenado a 30 años de prisión desde el año 1993, según consta en el expediente 244-SC-2016 de la Cámara Primera de lo Penal. Sin embargo, “fue sobreseído en 1993 por prescripción de la Ley General de Amnistía. Pero el caso volvió a abrirse en 2016, luego de que la Sala de lo Constitucional derogara la anterior normativa de amnistía”.
Benavides es libre, pero culpable. La sentencia definitiva fue establecida por el Juzgado Cuarto de lo Penal de San Salvador, en 1992; para reabrirse en 2016, tras la derogatoria de la Ley General de Amnistía, por la Sala de lo Constitucional. Sólo pasaría desde 1992 a 1996 unos 5 años en prisión; y desde 2017 a octubre de 2022 otros cinco, saldando apenas 10 años de los 30 años establecidos, por los delitos atribuidos. Hasta la fecha, el ex-coronel acumularía unos 77 años de edad.
El Coronel Benavides recibió, finalmente, una condena de 30 años de prisión, por el asesinato de 5 jesuitas españoles y uno salvadoreño, así como el de 2 de las voluntarias hospedadas en la UCA, según consta en el expediente 244-SC-2016 de la Cámara Primera de lo Penal. Posteriormente, recibió prisión preventiva; y, aunque pidió garantía de indulto ante la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa en 2021, mediante el dictamen No. 19 de noviembre de 2021, fue rechazada en Pleno, con 72 votos legislativos.
Cristiani ausente niega las acusaciones
Cristiani, quien abandonó El Salvador en marzo de 2022, ha sostenido su inocencia, declarando que “la verdad es que nunca supe de los planes que tenían para cometer esos asesinatos. Nunca me informaron ni me pidieron autorización porque sabían que jamás hubiera autorizado que se hiciera daño al padre Ellacuría o a sus hermanos”. Además, ha argumentado que “se ha cuestionado que el comandante en jefe de la Fuerza Armada no tuviera conocimiento previo de los planes para asesinar a los padres. La verdad es que después de largos años de regímenes militares y golpes de Estado, la subordinación al poder civil no ocurrió de la noche a la mañana, y no se consolidó sino hasta después de la firma de los Acuerdos de Paz”.
Buenas tardes, comparto declaraciones de mi padre, Alfredo Cristiani, expresidente de El Salvador. pic.twitter.com/aaUoTIC1mV
— Claudia Cristiani (@ccristianillach) March 11, 2022
No obstante, el juez ha ordenado “acceder a la petición fiscal de decretar la orden de detención provisional y petición de difusión roja para el expresidente de la República, Alfredo Cristiani; el exdiputado, Rodolfo Antonio Parker, así como para los militares retirados Rafael Bustillo Toledo, Joaquín Cerna Flores y Juan Orlando Zepeda”. Sin embargo, en virtud de que los primeros dos no se encontraban en el país, la FGR reiteró sus solicitudes a la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol), para exigir su detención, desde el mes de junio de 2023,
Desde esa fecha en la que el presidente salvadoreño en funciones, Nayib Bukele, declaró la Guerra Contra la Corrupción, y la FGR ejecutó la extradición de los inmuebles de su propiedad, tras ser acusado penalmente por el delito de Lavado de Dinero y Activos, por un monto irregular de tan sólo de $9 millones de dólares. Por otra parte, la hija del ex-mandatario, Claudia Cristiani, aseguró la inocencia de su padre, y divulgó que la familia había abandonado el país.
Estado Actual del Proceso
El caso continúa en el Juzgado Segundo de Instrucción de San Salvador, tras la re-apertura ordenada el 5 de enero de 2022 por la Sala de lo Constitucional, que respondió a la resolución de cierre dictada por la Sala de lo Penal en 2020. “El juez instructor admitió la prueba documental, pericial y testimonial tanto de la FGRcomo de la defensa técnica de los procesados”, evidencia que será valorada por un Tribunal de Sentencia de San Salvador.
Han transcurrido ya cerca de 34 años desde que se perpetró la Masacre, por la que se buscó justicia, tras las primeras resoluciones penales, desde 1992. No obstante, la sucesiva aprobación de la Ley General de Amnistía garantizó la liberación de cinco de los 10 acusados, y su posterior huida, Únicamente el caso de Benavidez Moreno resultó en su detención, después de la derogación del cuerpo legal de amnistía, después de que ésta fue declarada inconstitucional por la CSJ.
A la fecha únicamente Benavidez ha respondido al requerimiento, junto con otros cuatro imputados, y el representante legal de José Inocente Montano. Sin embargo, ante la ausencia de la otra mitad, el Juzgado resolvió ah lugar a la petición fiscal por dar “orden de detención provisional y petición de difusión roja para el expresidente de la República, Alfredo Cristiani; el exdiputado, Rodolfo Antonio Parker, así como para los militares retirados Rafael Bustillo Toledo, Joaquín Cerna Flores y Juan Orlando Zepeda”.
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