Por Alessia Genoves
Irregularidades por $6,872.19 dólares son señaladas en la administración del Centro Escolar Margarita Zaldívar de Wilson (código 10625), por la Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (MINEDUCYT) . El informe de auditoría IA/NA-030-2022, emitido el 19 de enero de 2024, documentó la liquidación extemporánea de $6,872.19 correspondientes a transferencias de los años 2020 y 2021 en el centro educativo de Sonsonate; además de $2,500 aún pendientes de liquidar del ejercicio 2022, y otros $2,500 en riesgo de liquidación tardía del año 2023, evidenciando un patrón sistemático de incumplimiento en la rendición de cuentas.
Irregularidades financieras
El examen especial detectó que el Centro Escolar gestionó irregularmente los fondos transferidos por el MINEDUCYT durante tres años consecutivos. La primera irregularidad identificada corresponde a un bono de Operación y Funcionamiento del año 2020 por $4,372.19, que fue liquidado hasta el 9 de noviembre de 2022. La segunda anomalía refiere a otro bono de Operación y Funcionamiento del año 2021 por $2,500, liquidado el 17 de noviembre de 2022, según consta en el Sistema de Liquidación de Componente en Concepto de Presupuesto Escolar.
La situación se agravó al detectarse que un tercer bono de Operación y Funcionamiento, correspondiente al año 2022 por $2,500, transferido a la cuenta del Consejo Directivo Escolar (CDE) en el Banco Cuscatlán en mayo de 2022, permanece sin liquidar hasta la fecha de emisión del informe. Adicionalmente, el centro educativo recibió en 2023 otro bono por $2,500 que, según la auditoría, presenta “riesgo alto de reincidencia de liquidación en fecha posterior de la fecha normativa”.
Incumplimientos y desatención a recomendaciones
La auditoría reveló un precedente crítico: existía un informe anterior realizado al 31 de agosto de 2019 que ya señalaba irregularidades similares. En aquella ocasión, se emitieron recomendaciones específicas tanto al Consejo Directivo Escolar como a la Dirección Departamental de Educación de Sonsonate (DDES) que nunca fueron implementadas, según constata el actual informe.
La directora y presidenta del CDE, durante una entrevista realizada el 10 de noviembre de 2022, justificó los retrasos citando “problemas de enfermedad de la tesorera”. Respecto al bono 2021, argumentó que “el Sistema de Activo Fijo MINED no acepta datos y sin eso no puede liquidarse”. En la lectura del borrador del informe, el 18 de enero de 2023, la funcionaria se limitó a indicar que “en el centro escolar ya se liquidó”, prometiendo enviar documentación comprobatoria por correo.
Infracciones y responsabilidades
El informe señala múltiples infracciones a la normativa vigente. El artículo 57 de la Ley de la Corte de Cuentas establece que los servidores públicos que administren recursos financieros “serán responsables, hasta por culpa leve de su pérdida y menoscabo”. El artículo 58 especifica como “responsable principal” a quien “no liquida en el período previsto, anticipos, préstamos o cualquier otra clase de fondos”.
La Ley General de Educación, en su artículo 77, obliga a los administradores de centros educativos a “proporcionar toda la documentación e información que se les solicite”, advirtiendo que su negativa “dará lugar a presumir que son ciertos los reparos o reclamos que se les hubieren hecho en cuanto a la administración de los mismos”.
Acciones correctivas
La Dirección de Auditoría Interna estableció un conjunto de medidas correctivas inmediatas. Ordenó a la Dirección Departamental de Educación de Sonsonate solicitar por escrito a la directora la liquidación inmediata de los bonos pendientes 2022-2023, totalizando $5,000. De no cumplirse, deberá iniciarse un proceso sancionatorio ante la Junta de la Carrera Docente.
El informe también instruye a la Dirección Jurídica del MINEDUCYT abrir un expediente contra el centro escolar e interponer denuncia ante la Fiscalía General de la República para la recuperación judicial de los fondos. Las recomendaciones incluyen que el CDE establezca “acciones que le permitan liquidar las transferencias del Estado en los plazos establecidos” y que la DDE implemente “controles sistematizados que permitan identificar incumplimientos en los plazos de liquidación”.
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