Sindicalista indemnizada: Señaló despido con Régimen

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Por: Neftali Hernandez Pereira

El ministro de Trabajo, Oscar Rolando Castro Ruz, anunció oficialmente el cierre del caso de Dora Pastor, la sindicalista que denunció un despido arbitrario de una empresa maquilera, afirmando que tras la investigación no se comprobó discriminación sindical y que la trabajadora recibió sus prestaciones laborales completas segun delcaraciones fueron por otras irregularidades.

SITSCES emitio un comunicado de que Dora Pastor fuera reinstalada en su puesto nuevamente sin embargo se denuncio de que a eso de las 10 am se desconocia de su reinstalo.

Conclusiones de la investigación laboral

El ministro Castro Ruz comunicó en declaraciones oficiales que la investigación sobre el caso de Dora Pastor ha concluido. “Tal como me comprometí sobre esta denuncia, hemos finalizado toda la investigación laboral: La trabajadora recibió por parte de la empresa su pago, indemnización y un bono adicional cortesía de los empleadores”, expresó el funcionario.

Según las declaraciones ministeriales, el expediente laboral fue notificado como cerrado tras una reunión con los propietarios de la empresa maquilera. Durante ese encuentro, las autoridades laborales determinaron que la separación del puesto de trabajo no estuvo vinculada con la actividad sindical de Pastor.

Actividad sindical en la empresa investigada

Castro Ruz enfatizó en sus declaraciones que la empresa donde laboraba Dora Pastor mantiene movimiento sindical desde hace varios años. “No ha existido ninguna separación de su puesto de trabajo por ser sindicalista, sino más bien por otro tipo de irregularidades laborales. La mejor evidencia es que en dicha empresa existe un movimiento sindical desde hace muchos años y nadie ha sido sancionado por su labor sindical”, afirmó el ministro.

Si un trabajador o un sindicalista violenta la ley cual fuera, existe un debido proceso para la separación del cargo.

Pero ningún empleador debe amenazar a trabajadores, haciendo uso de una herramienta contra las pandillas o grupos terroristas.

Estamos investigando esta denuncia y pronto vamos a emitir resolución.

La legislación laboral contempla el debido proceso en caso de faltas leves o graves aplicables y poder sancionar.

Ningún empleador debe amenazar o chantajear con herramientas jurídicas no aplicables, en caso de comprobar la denuncia, esto sería muy grave.

El Código de Trabajo de El Salvador establece en su artículo 248 que los miembros de las juntas directivas de los sindicatos no podrán ser despedidos, trasladados ni desmejorados en sus condiciones de trabajo durante el período de su elección y mandato, y hasta después de transcurrido un año de haber cesado en sus funciones, sino por justa causa calificada previamente por autoridad competente.

Denuncias de presiones laborales

Dora Pastor había denunciado públicamente que junto a compañeros de trabajo enfrentó presiones para firmar documentos que impedirían su regreso al puesto laboral. Estas acusaciones fueron parte del expediente investigado por el Ministerio de Trabajo durante el proceso de verificación.

El artículo 30 del Código de Trabajo prohíbe a los patronos “hacer por medios directos o indirectos, discriminaciones entre los trabajadores por su condición de sindicalizados o tomar represalias contra ellos por el mismo motivo”. Esta disposición protege específicamente a trabajadores organizados sindicalmente.

Compensación económica para la trabajadora

De acuerdo con las declaraciones del ministro Castro Ruz, la empresa maquilera cumplió con las obligaciones económicas hacia Dora Pastor. La trabajadora recibió el pago correspondiente a su salario, la indemnización establecida por ley y un bono adicional que los empleadores otorgaron voluntariamente.

El artículo 58 del Código de Trabajo establece que cuando un trabajador contratado por tiempo indefinido fuere despedido sin causa justificada, tendrá derecho a que el patrono le indemnice con una cantidad equivalente al salario básico de treinta días por cada año de servicios y proporcionalmente por fracciones de año.

Expansión laboral en la maquilera

El ministro de Trabajo informó que durante la reunión con los propietarios de la empresa se acordó una expansión de operaciones. “En esa reunión acordamos que habrá expansión en su trabajo y serán contratados más de 300 nuevos trabajadores”, declaró Castro Ruz.

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Esta expansión representa un compromiso empresarial que generará nuevas plazas laborales en el sector maquilero, según lo informado por las autoridades del Ministerio de Trabajo tras cerrar el expediente del caso Pastor.

Oscar Rolando Castro Ruz reiteró su respaldo al sindicalismo en el país. “Todo el movimiento sindical en este país, saben que soy una persona que estimula el sindicalismo y los apoyo en todo lo que el cargo me permite. Pero también saben que siempre voy a privilegiar lo justo y la verdad por encima de todo”, manifestó el funcionario.

El artículo 204 del Código de Trabajo reconoce el derecho de asociación profesional, estableciendo que patronos y trabajadores privados, así como trabajadores de instituciones oficiales autónomas, tienen derecho a asociarse libremente para defender sus intereses económicos y sociales comunes, formando asociaciones profesionales o sindicatos.

Llamado a dirigentes sindicales

El ministro dirigió un mensaje específico a los líderes sindicales del país: “Seguiré apoyando a los sindicalistas, pero también les hago un llamado a ser ejemplo en todo, para que su liderazgo sea siempre fuerte. La mayor fuerza siempre ha sido y será, la solvencia moral y la dignidad, ambas deben ser sus líneas de acción”.

Castro Ruz enfatizó que la conducta de los dirigentes sindicales debe reflejar integridad y transparencia para fortalecer el movimiento laboral organizado en El Salvador.

En sus declaraciones, el ministro de Trabajo hizo un llamamiento directo a creadores de contenido digital y medios de comunicación. “También hago un llamado a quienes buscan utilizar a esta trabajadora, para subir seguidores en sus redes sociales (generadores de contenido). No la utilicen, no la expongan, no se aprovechen de la situación”, expresó Castro Ruz.

El funcionario identificó específicamente a una persona que produce videos sobre el caso, advirtiendo sobre el uso de situaciones laborales para generar contenido en plataformas digitales sin considerar el impacto en las personas involucradas.

Marco legal de protección sindical

El artículo 205 del Código de Trabajo prohíbe expresamente “coaccionar a otra para que ingrese o se retire de un sindicato” y “hacer discriminaciones entre los trabajadores por razón de sus actividades sindicales o tomar represalias contra ellos por el mismo motivo”.

Además, el artículo 536 establece que el patrono que en el curso de un conflicto perturbe a sus trabajadores el ejercicio del derecho de huelga, incurrirá en una multa hasta de un mil colones por cada infracción.

Cierre administrativo del expediente

El Ministerio de Trabajo notificó formalmente el cierre del expediente administrativo relacionado con la denuncia de Dora Pastor. Esta resolución se produjo tras verificar el cumplimiento de las obligaciones patronales y evaluar las circunstancias que rodearon la separación laboral de la sindicalista.

“Por lo tanto como Ministerio de Trabajo damos por cerrado este caso. El día de ayer me reuní con los dueños de la empresa y notificamos por cerrado el expediente”, confirmó el ministro Castro Ruz en sus declaraciones oficiales sobre el resultado de la investigación realizada por la cartera de Trabajo.

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