Por: Neftali Hernandez Pereira
Diputados aprobaron con 57 votos a favor y 3 en contra. La extension del periodo seria de 6 años, y La reforma establece que el periodo de los cinco magistrados propietarios y sus suplentes se homologará con el ciclo de elección presidencial, legislativa y municipal, unificando todos los procesos electorales en una sola fecha. Los legisladores aprobaron una disposición transitoria que acorta el mandato de los actuales magistrados del TSE, quienes concluirían funciones el 1 de julio de 2029 pero ahora finalizarán anticipadamente el 1 de julio de 2027.
Esta decisión se suma a las reformas constitucionales aprobadas el 31 de julio de 2025, que establecieron la reelección presidencial indefinida, extendieron el periodo presidencial de cinco a seis años, eliminaron la segunda vuelta electoral y acortaron el mandato del presidente Nayib Bukele de 2029 a 2027.
La Asamblea Legislativa de El Salvador, eligió a los nuevos magistrados propietarios y suplentes del Tribunal Supremo Electoral (TSE) para el período 2024 – 2029.
— UNIORE (@UNIORE) October 3, 2024
En ceremonia, se juramentó como magistrada presidenta del TSE a Roxana Seledonia Soriano de Viaud.@TSEElSalvador pic.twitter.com/Z6zEBkSxX5
El Tribunal Supremo Electoral es la máxima autoridad administrativa en materia electoral del país, responsable de organizar sufragios, registrar ciudadanos con derecho a voto, resolver disputas electorales y promover la cultura cívica en El Salvador.
Modificación al artículo 208 unifica ciclos electorales
El inciso primero del artículo 208 de la Constitución experimentó una modificación sustancial con la aprobación de 57 diputados en el pleno legislativo. El texto reformado establece que los magistrados del Tribunal Supremo Electoral ejercerán sus funciones durante seis años en lugar de los cinco años que contemplaba la norma anterior. La ampliación del periodo busca sincronizar las funciones de estos funcionarios con el tiempo de mandato de la dupla presidencial, los diputados, alcaldes y concejales.
La diputada Dania González expresó ante el pleno que “la reforma constitucional nos va a ayudar a ordenar los tiempos de las instituciones para que nuestro país funcione de la mejor manera dentro de los ciclos electorales”. La legisladora agregó que el objetivo es “unificar y homologar las próximas elecciones, que serán en 2027”.
TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL
COMPETENCIA DE LA SALA DE LO CONSTITUCIONAL PARA REALIZAR CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD DE LOS ACTOS EMITIDOS, AUN CUANDO SU CONTENIDO SEA DE MATERIA ELECTORAL
“Del texto del art. 208 inciso final de la Constitución se desprende que el TSE constituye la máxima autoridad en materia electoral. Lo anterior implica que el referido Tribunal es el órgano competente para resolver en última instancia todas las cuestiones estrictamente relacionadas a dicha materia.
Por consiguiente, las decisiones que el TSE adopte dentro del marco de las competencias electorales que la Constitución le ha conferido, no pueden ser revisadas por ningún otro órgano del Estado, salvo la excepción prevista en la citada disposición; es decir, “sin perjuicio de los recursos que establece esta Constitución, por violación de la misma”.
Es preciso acotar que en la resolución de fecha 13-V-2010, emitida en el Amp. 288-2008, se sostuvo que todo acto de autoridad puede ser susceptible de enjuiciamiento constitucional por esta Sala, mediante los procesos de amparo, hábeas corpus e inconstitucionalidad.De ahí que, cuando el art. 208 inciso final Cn., menciona el término “recursos”,está haciendo referencnc. 1° Cn.
Por ello, se concluye que esta Sala sí puede controlar los actos emitidos por el TSE aun cuando su contenido sea de materia electoral, a fin de determinar si existe una violación a derechos constitucionales, o si dichos actos contravienen o no los principios consagrados en la Constitución. Sinembargo, es preciso aclarar que dicha competencia tiene como única finalidad realizar un control de constitucionalidad de los actos emitidos por el referido Tribunal.”
La bancada cyan respaldó la propuesta presentada por González, quien fundamentó la necesidad de ajustar los periodos institucionales para generar un calendario electoral unificado. La parlamentaria señaló que “se están ajustando los tiempos para que todo quede alineado y un solo ciclo electoral, en donde se tendrán reglas sumamente claras y parejas para todos”.
Disposición transitoria acorta mandato de magistrados actuales
Los diputados aprobaron una disposición transitoria que reduce el periodo de los magistrados que actualmente dirigen el Tribunal Supremo Electoral. El mandato de estos funcionarios estaba programado para concluir el 1 de julio de 2029, pero la nueva disposición establece que finalizará anticipadamente el 1 de julio de 2027.
Esta medida transitoria permite la implementación del nuevo esquema electoral unificado en 2027, cuando coincidirán los comicios presidenciales, legislativos y municipales con la elección de los magistrados del TSE. La reducción de dos años en el periodo de los actuales magistrados responde a la necesidad de alinear todas las elecciones en una misma fecha.
El ajuste temporal afecta a los cinco magistrados propietarios y sus respectivos suplentes que integran el Tribunal Supremo Electoral desde su última designación. La disposición transitoria opera como mecanismo de transición entre el sistema anterior de periodos desincronizados y el nuevo modelo de ciclo electoral único.
Reformas constitucionales previas del 31 de julio de 2025
La Asamblea Legislativa aprobó y ratificó el 31 de julio de 2025 una serie de reformas constitucionales que transformaron el sistema electoral salvadoreño. Las modificaciones establecieron la reelección presidencial de manera indefinida, extendieron el periodo presidencial de cinco a seis años y eliminaron la segunda vuelta electoral.
Las reformas fueron propuestas por la diputada Ana Figueroa de Nuevas Ideas y contaron con el respaldo de la bancada cyan durante las sesiones plenarias ordinarias 66 y 67. Los legisladores avalaron una medida transitoria para homologar el ciclo electoral mediante la reducción del mandato presidencial de Nayib Bukele de 2029 a 2027.
La eliminación de la segunda vuelta electoral representa un cambio significativo en el mecanismo de elección presidencial del país. El sistema anterior requería que un candidato obtuviera más del 50 por ciento de los votos válidos para ser declarado presidente electo, de lo contrario se convocaba a una segunda ronda entre los dos candidatos más votados.
Funciones del Tribunal Supremo Electoral
El Tribunal Supremo Electoral fue creado en 1991 sustituyendo el antiguo Concejo Central de Elecciones y constituye la máxima autoridad administrativa en materia electoral en El Salvador. La institución tiene como responsabilidades organizar los procesos de votación, registrar a los ciudadanos con derecho a participar en eventos electorales, resolver disputas relacionadas con sufragios y promover la cultura cívica entre la población.
El TSE garantiza que los procesos de votación se desarrollen de forma democrática, justa y transparente en todo el territorio nacional. La institución supervisa desde la inscripción de candidatos hasta el escrutinio final de votos, pasando por la distribución de material electoral y la acreditación de observadores nacionales e internacionales.
Los magistrados del Tribunal Supremo Electoral ejercen jurisdicción sobre controversias electorales, emiten resoluciones vinculantes sobre aspectos técnicos y legales de los comicios, y certifican los resultados oficiales de las elecciones presidenciales, legislativas y municipales. El organismo también administra el registro electoral y actualiza el padrón de votantes con base en los datos proporcionados por el Registro Nacional de las Personas Naturales.
Unificación del calendario electoral
La reforma constitucional establece que la elección de magistrados del TSE se realizará simultáneamente con la elección de presidente, vicepresidente, diputados de la Asamblea Legislativa, alcaldes y concejales municipales. Este esquema de ciclo electoral uniforme concentra todos los procesos de votación en una sola jornada cada seis años.
El modelo anterior contemplaba periodos distintos para cada tipo de elección, lo que generaba múltiples jornadas electorales en diferentes años. La nueva estructura busca optimizar recursos públicos destinados a la organización de sufragios y simplificar el calendario político del país.
La sincronización de los periodos institucionales implica que todos los funcionarios electos por voto popular iniciarán y concluirán sus mandatos en las mismas fechas. El primer ciclo electoral bajo este nuevo esquema se realizará en 2027, cuando finalicen anticipadamente los periodos del presidente Bukele y de los actuales magistrados del TSE.
La extensión del periodo de los magistrados del TSE de cinco a seis años requiere ajustes en la planificación institucional del organismo electoral. Los magistrados designados a partir de 2027 ejercerán funciones durante seis años, periodo que coincidirá exactamente con el mandato presidencial y legislativo.
La homologación de periodos busca generar estabilidad institucional y continuidad en las políticas electorales del país. Los magistrados del TSE tendrán mayor tiempo para implementar estrategias de largo plazo relacionadas con modernización tecnológica, educación cívica y mejoramiento de procesos electorales.
La reforma también afecta la planificación presupuestaria del Tribunal Supremo Electoral, que deberá ajustar sus proyecciones financieras al nuevo periodo de seis años. El organismo electoral coordinará sus ciclos de inversión en infraestructura y tecnología con el calendario unificado de elecciones nacionales.
Procedimiento de aprobación en sesiones plenarias
La reforma constitucional siguió el procedimiento establecido en la Constitución de la República para modificaciones de rango constitucional. Los diputados debatieron y aprobaron la propuesta durante la sesión plenaria ordinaria número 88, donde 57 legisladores votaron a favor de la reforma al artículo 208.
La ratificación se realizó inmediatamente después en la sesión plenaria ordinaria número 89, cumpliendo con el requisito constitucional de aprobar reformas en dos legislaturas consecutivas o mediante ratificación en la misma legislatura con mayoría calificada. Ambas sesiones se desarrollaron en la misma jornada legislativa.
El respaldo de 57 votos supera la mayoría calificada requerida para reformas constitucionales en la Asamblea Legislativa de El Salvador, que está integrada por 84 diputados. La bancada de Nuevas Ideas proporcionó el apoyo principal para la aprobación de la modificación presentada por la diputada Dania González.
Diputados Opositores cuestionaron la reforma debido a que podria haber una acumulacion de poder sin control ademas de permitir que puedan haber indicios de fraude electoral, asi como hubo en los años de 1972 y 1977.
El artículo 208 de la Constitución establece las bases legales del Tribunal Supremo Electoral como organismo independiente. El texto constitucional define la composición del tribunal, los requisitos para ser magistrado, el procedimiento de elección y las atribuciones del organismo.
Los cinco magistrados propietarios y sus cinco suplentes son electos por la Asamblea Legislativa con una mayoría calificada de votos. Los candidatos deben cumplir requisitos de edad, ciudadanía, capacidad civil y experiencia profesional en áreas relacionadas con derecho, administración pública o ciencias políticas.
La reforma al inciso primero del artículo 208 modifica específicamente la duración del periodo de los magistrados, manteniendo intactas las demás disposiciones sobre composición, atribuciones y procedimientos del Tribunal Supremo Electoral. El cambio de cinco a seis años representa la única modificación textual introducida al artículo mediante esta reforma constitucional.
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