Por Alessia Genoves
Nayib Bukele, el presidente de El Salvador, anunció la imposición de una tasa tributaria del 30% a Organizaciones No Gubernamentales (ONG’s), tras la protesta y arresto de representantes de organizaciones sociales y voceros de 300 familias afectadas de los desalojos en Santa Tecla. El presidente responsabilizó a las organizaciones de las acciones de protesta; no obstante, las protestas tuvieron precedente en un caso de estafa agravada que señalaba al ingeniero Luis Alonso Palomo Urbina, en perjuicio de la Asociación Cooperativa de Producción Agropecuaria El Bosque de Responsabilidad Limitada (Ascorbos) por un monto de US$350 mil.
La manifestación pacífica exigía una solución ante la inminente orden de desalojo prevista para el 22 de mayo, protesta que culminó con la detención de al menos cinco líderes comunitarios por parte de la Policía Nacional Civil (PNC). No obstante, el presidente Bukele refirió que “el caso que motivó la protesta viene desde 1998 y ya fue judicializado en 2008, con sentencia firme en todas las instancias a favor del acreedor”, pero sin referir al acusado.
Mientras que Ascorbos acusa a Palomo Urbina en un caso que se remite al año 2003, y continuó a 2022 con resoluciones desfavorables para Ascorbos, de acuerdo con los expedientes de la Corte Suprema de Justicia, en razón de que la des-capitalización de la organización condujo a su desalojo, según lo señala la Fiscalia General de la República (FGR).
Protestas contra Palomo no contra Bukele
Las protestas no iban contra Bukele, sino contra Palomo Urbina. En un pronunciamiento emitido el 13 de mayo de 2025, el presidente Bukele aseguró que el caso judicial que involucra a la Cooperativa El Bosque “viene desde 1998 y ya fue judicializado en 2008, con sentencia firme en todas las instancias a favor del acreedor”, una declaración que constrasta con el expediente judicial que gira en torno al ingeniero Palomo.
Según la versión presidencial, las protestas fueron manipuladas por “grupos autodenominados de izquierda y ONG globalistas, cuyo único objetivo real es atacar al gobierno”, afirmando que “la presencia coordinada de medios, el acarreo evidente y los banners impresos profesionalmente lo confirman”.
El mandatario afirmó que “en un intento por ayudar a la comunidad, la persona que ganó el juicio incluso fue acusada de estafa por el fiscal actual, pero el acreedor volvió a ganar en todas las instancias penales”. Bukele añadió que, según referencias, “el acreedor sería miembro de una familia reconocida del partido ARENA, aunque personalmente lo desconozco”, desvinculando así el caso de cualquier preferencia política de su administración.
Ayer fuimos testigos de cómo personas humildes fueron manipuladas por grupos autodenominados de izquierda y ONG globalistas, cuyo único objetivo real es atacar al gobierno.
— Nayib Bukele (@nayibbukele) May 13, 2025
La presencia coordinada de medios, el acarreo evidente y los banners impresos profesionalmente lo…
En contraste con estas declaraciones, la FGR había acusado formalmente en 2022 a Luis Alonso Palomo Urbina por el delito de Estafa Agravada, señalando que el ingeniero “engañó a 300 campesinos, miembros de la Cooperativa Agropecuaria El Bosque, en Santa Tecla”. Según las declaraciones oficiales de la Fiscalía, las víctimas “son campesinos, que todos tienen bajo grado de escolaridad, y alguno incluso no saben ni leer ni escribir, han sido estafados por parte de ésta persona, que llegó a su cooperativa, dijo que los iba a ayudar, dijo que él les iba a resolver problemas, dijo que él les iba a ayudar a escriturar sus tierras”.
La FGR detalló en aquel momento que Palomo Urbina presuntamente “toma, tala todos los árboles de la Cooperativa, los vende, se va, toma el dinero, y deja a la Cooperativa con una deuda de aproximadamente US$350 mil”. Por estos hechos, la fiscalía había solicitado “la condena máxima de 8 años de prisión, además de que restituya el dinero máximo que él ha defraudado”.
En una decisión sorpresiva, el presidente Bukele anunció en su comunicado del 13 de mayo el envío a la Asamblea Legislativa del proyecto de Ley de Agentes Extranjeros, “el cual incluirá un impuesto del 30% sobre todas las donaciones que estas ONG reciben”. Según el mandatario, “con esos fondos se pagará la deuda de la cooperativa”, argumentando que así “las familias saldan su deuda y mantienen su vivienda”, “la población no paga por reclamos ajenos” y “las ONG cumplen, por fin, su supuesto propósito de ayudar al pueblo”.
Pero la batalla de Ascorbos viene de 2003
La controversia entre ACORABOS y el ingeniero Palomo Urbina se remonta a 2003, cuando la cooperativa contrató a la sociedad L.M. Lotificaciones de R.L. (posteriormente PROYIN de R.L.), representada por el ingeniero Palomo, para realizar trabajos de medición y parcelación agrícola y de vivienda. Para garantizar el pago de dicho acuerdo, el entonces representante de ACORABOS de R.L. suscribió un pagaré sin protesto con vencimiento al 31 de diciembre de 2007, según consta en el expediente judicial analizado por este medio.
Según documentos legales presentados por los abogados Dinora Beatriz Callejas de Pineda y Jonathan Neftalí Funes Alvarado, apoderados de ACORABOS, ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en el amparo 483-2020, la cooperativa alega que los trabajos contratados nunca fueron realizados. “Durante la etapa probatoria de tal proceso, nuestra representada ofreció prueba testimonial de descargo a fin de comprobar que no se realizó obra de ejecución alguna en cumplimiento de lo pactado”, indican los documentos legales presentados por la defensa de la cooperativa.
Sin embargo, al vencimiento del pagaré y alegando falta de pago, la sociedad representada por Palomo Urbina inició un proceso ejecutivo mercantil ante el Juez Segundo de lo Laboral de Santa Tecla, bajo la referencia 64-EM-08/4. La asociación cooperativa, mediante sus representantes legales, contestó negativamente la demanda e interpuso como motivos de oposición “la falta de facultad legal de quien suscribió el título valor y, además, la falta de requisitos materiales y esenciales del pagaré objeto de ese juicio”, según consta en los documentos oficiales.
El conflicto legal se agravó cuando el 22 de octubre de 2019, el Juez Segundo de lo Laboral de Santa Tecla ordenó la venta en pública subasta de los inmuebles embargados en el proceso ejecutivo mercantil, así como el valúo pericial de los citados bienes. Esta decisión fue el detonante para que los representantes de ACORABOS, junto con organizaciones de defensa de derechos de los campesinos, iniciaran una serie de protestas que culminaron con su presencia frente a la residencia presidencial.
Según el amparo 483-2020, los abogados de la cooperativa presentaron una demanda contra el Juez Segundo de lo Laboral de Santa Tecla, alegando violaciones a los derechos a la protección jurisdiccional, debido proceso, propiedad y posesión de los miembros de la cooperativa.
En su resolución del 4 de abril de 2022, la Sala de lo Constitucional analizó detalladamente los argumentos presentados por la cooperativa. Según el documento judicial, los apoderados de ACORABOS alegaron que “el mencionado juez no realizó el examen de testigos, sentenció sin resolver sobre las oposiciones planteadas oportunamente y, consecuentemente, dio inicio a la tramitación de la ejecución forzosa de la decisión final proveída dentro del juicio”.
Sin embargo, la Sala declaró improcedente la demanda de amparo al considerar que “la actuación contra la que se dirige la queja —la resolución pronunciada por el juez demandado el 22 de octubre de 2019— no constituye per se un acto de carácter definitivo con relación a los aspectos controvertidos, ya que se trata de una actuación proveída en el trámite de la ejecución forzosa de la sentencia emitida en dicho proceso”. Adicionalmente, la Sala consideró que los argumentos presentados por los abogados de ACORABOS “únicamente evidencian la inconformidad que poseen con las situaciones controvertidas”.
La Sala también abordó el argumento sobre la falta de valoración de la prueba testimonial, señalando que “de la documentación anexa al expediente de este amparo consta, específicamente en la copia de la sentencia pronunciada en el juicio en mención, que aunque la autoridad demandada señaló día y hora para la realización de la mencionada diligencia, los testigos no se presentaron a declarar, por lo que se ordenó traer a sentencia el proceso sin la realización de aquella”.
Posteriormente, la cooperativa intentó un recurso de revisión ante la Sala de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia, el cual fue declarado inadmisible el 12 de enero de 2022. Según la resolución de la Sala de lo Civil, con referencia 2-REM-2021, “el proceso objeto de revisión, se sustanció antes de la vigencia del Código Procesal Civil y Mercantil, motivo por el cual no se tiene un fundamento legal para la interposición de revisión de sentencia firme puesto que la normativa aplicable no contempla tal posibilidad”.
Las protestas
Las declaraciones presidenciales llegaron tras una jornada de protestas que culminó con detenciones. Según reportó La Prensa Gráfica, “la Policía Nacional Civil capturó a cinco líderes comunitarios de la cooperativa El Bosque la noche de este lunes en medio del plantón pacífico junto a habitantes del cantón El Triunfo, en el sector de la residencial Las Piletas, carretera al Puerto de La Libertad, Santa Tecla”. Entre los detenidos se encontraban Diego Armando Guzmán, José Ángel Pérez, Adolfo Castro, Moisés Galeano y el abogado Alejandro Henríquez, según declaró a ese medio Cristóbal Toledo, uno de los organizadores.
Las organizaciones de derechos humanos reaccionaron inmediatamente con pronunciamientos de condena. En un comunicado conjunto emitido el 13 de mayo, múltiples organizaciones manifestaron “profunda preocupación y rechazo ante las recientes agresiones cometidas por el Estado salvadoreño (uso excesivo de la fuerza, detenciones, obstaculización del derecho a manifestarse pacíficamente y al ejercicio periodístico, amenazas, entre otras) contra las y los habitantes de la Cooperativa El Bosque, del Cantón El Triunfo, en Santa Tecla”.
#Comunicado
— FESPAD (@FESPAD_sv) May 13, 2025
Como parte de la @MesaporelDDD, y junto a otras organizaciones y redes de #DerechosHumanos, nos pronunciamos ante las agresiones ocurridas contra las comunidades El Bosque y El Triunfo en Santa Tecla, La Libertad.
🔗 Puedes descargar el comunicado aquí:… https://t.co/dxzbVhhnSH pic.twitter.com/fURj7lhDJe
El Equipo Regional de Monitoreo y Análisis de Derechos Humanos en Centroamérica denunció que las agresiones “fueron constatadas por diferentes medios de comunicación, que documentaron los hechos y señalaron la detención arbitraria de dirigentes campesinos que se encontraban en la protesta pacífica”. El colectivo señaló que “durante la primera semana de mayo, la comunidad fue notificada de una orden de desalojo que, de acuerdo con medios de comunicación locales, se hará efectiva el 22 de mayo y la misma afectará a 300 familias, quienes cuentan con décadas de habitar el lugar y que manifiestan haber sido estafadas”.
También denunciaron la detención del Mtro. Alejandro Antonio Henríquez Flores, descrito por la Maestría en Derechos Humanos de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí como “un defensor de los derechos humanos, de los pueblos y de la tierra, cuya labor ha estado siempre orientada a la protección de los bienes comunes y a la defensa del territorio”. Esta institución académica exigió su “liberación inmediata” y condenó “la criminalización de personas defensoras de derechos humanos” por considerarla “una grave violación a los principios democráticos y un atentado contra las garantías de derechos humanos”.
#Alerta
— Equipo Regional de Monitoreo de DDHH en CA (@equipo_ca) May 13, 2025
🇸🇻 Externamos nuestro rechazo a los hechos ocurridos recientemente en #ElSalvador, en los cuales se ha reprimido a población que protestaba pacíficamente, se ha detenido a liderazgos comunitarios y al abogado y defensor de derechos humanos, Alejandro Henríquez.@CIDH pic.twitter.com/J6Cm1uuTlQ
David Guzmán, uno de los voceros de la comunidad, declaró a la prensa que se sintieron “violentados” por parte de los miembros de seguridad, quienes les impidieron el paso con vehículos y tuvieron que caminar. “Hoy fuimos violentados, nos quitaron los medios de transporte y tuvimos que caminar 2 kilómetros con niños y mujeres. La policía no se identifica. Hoy sentimos miedo pero no nos detuvimos y caminamos hasta donde íbamos a manifestarnos”, expresó.
La crisis de vivienda
El comunicado conjunto de las organizaciones defensoras de derechos humanos emitido el 13 de mayo señala que “el Estado salvadoreño es el principal obligado a garantizar, respetar y no vulnerar el derecho a la vivienda y el derecho a la protesta pacífica, garantías fundamentales para una vida con dignidad”. Las organizaciones también recordaron que El Salvador es parte de tratados internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) que reconoce el derecho a la vivienda adecuada.
La situación de las familias amenazadas con desalojo se inscribe en un contexto más amplio de crisis habitacional en El Salvador. Según detalla el comunicado de las organizaciones defensoras, “no existen datos oficiales, tanto cualitativos como cuantitativos, sobre el déficit habitacional de El Salvador”, pero “según información del Instituto Centroamericano de Administración de Empresas (INCAE) de 2015, el déficit total de unidades de vivienda era de 1,388,477”. El documento señala que “el déficit habitacional cualitativo y cuantitativo representaba aproximadamente el 91% del total; es decir, de cada 100 familias, 91 no poseen una vivienda o viven en condiciones inadecuadas”.
Datos más recientes citados en el comunicado, provenientes de la Encuesta de Hogares y Propósitos Múltiples de 2022, publicada por el Banco Central de Reserva (BCR, 2023), indican que “el 11.3% de los hogares enfrenta inseguridad en la tenencia del terreno, mientras que el 38.1% vive en condiciones de hacinamiento”. El documento también refiere que, según datos de la Unidad de Hábitat y Asentamientos Humanos del Ministerio de Vivienda de El Salvador (MIVI), a diciembre de 2021, “esta institución registró la existencia de 92 asentamientos humanos irregulares distribuidos en nueve departamentos y treinta y cuatro municipios”.
Las organizaciones defensoras citaron resoluciones del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Comité DESC), como en el caso Ben Djazia et al., donde se señaló que los Estados deben “adoptar las medidas necesarias para asegurarse de que los desalojos que afecten a personas sin recursos para procurarse una vivienda alternativa se lleven a cabo únicamente después de una consulta genuina y efectiva con estas personas”. El documento enfatiza que “el Estado parte debe haber realizado todos los pasos indispensables, hasta el máximo de sus recursos disponibles, para garantizar que las personas desalojadas tengan una vivienda alternativa, especialmente en casos que involucren a familias, personas mayores, niños y/u otras personas en situación de vulnerabilidad”.
Frente a este panorama, las organizaciones exigieron al Estado salvadoreño “adoptar todas las medidas necesarias y destinar recursos adecuados para ofrecer alternativas que garanticen el derecho a una vivienda digna a las 300 familias del cantón El Triunfo, en Santa Tecla, La Libertad, que han denunciado estar amenazadas de desalojo forzoso”. Asimismo, solicitaron que “mientras no se garantice una solución, el sistema judicial debería abstenerse de hacer efectivas órdenes de desalojo, considerando los tratados internacionales que protegen el derecho a una vivienda adecuada”.
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